📗 TRIBUNAL DE CUENTAS - ART. 136 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
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📗 TRIBUNAL DE CUENTAS - ART. 136 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Título Séptimo de Economía y Hacienda
Resumen de la sección: En esta sección, se aborda el artículo 130 sobre el Tribunal de Cuentas. Se explicará lo contemplado en la Constitución en ese artículo 136 y se hará un resumen de lo más importante de la ley orgánica que regula el Tribunal de Cuentas.
El Tribunal de Cuentas
- Es el Supremo órgano fiscalizador de las cuentas más de la gestión económica del estado y del sector público.
- Todas las comunidades autónomas están obligadas a presentar sus cuentas al Tribunal de Cuentas, así como las corporaciones locales (provincias y municipios).
- La actividad principal del Tribunal es la fiscalización.
Sector Público
- El sector público incluye al Estado, comunidades autónomas y corporaciones locales.
- Ejemplos del sector público son las comunidades autónomas, provincias y municipios.
Fiscalización
- La actividad principal del Tribunal es la fiscalización.
- La fiscalización implica revisar las cuentas presentadas por los diferentes organismos públicos para asegurarse que cumplen con los requisitos legales.
Artículo 130 del Título Séptimo de Economía y Hacienda
Resumen de la sección: En esta sección, se presenta el artículo 130 del Título Séptimo de Economía y Hacienda, que trata sobre el Tribunal de Cuentas.
Composición del Tribunal de Cuentas
- El Tribunal de Cuentas está compuesto por el presidente, el pleno, la Comisión de Gobierno, la Sección de Fiscalización, la Sección del Ficimiento, los consejeros de cuentas, la Fiscalía y la Secretaría General.
Atribuciones del Presidente
- El presidente del Tribunal de Cuentas tiene cuatro atribuciones principales. Estas incluyen convocar y presidir al pleno en la Comisión de Gobierno; decidir con voto de calidad en caso de empate; ejercer la jefatura superior del personal al servicio del mismo; y disponer los recursos propios del tribunal y la contratación necesaria para su funcionamiento.
Funciones del Tribunal de Cuentas
- El Tribunal es el órgano fiscalizador supremo encargado de supervisar las cuentas públicas. Las comunidades autónomas deben presentar sus cuentas tanto al órgano colegiado propio como al tribunal.
- El Tribunal también tiene funciones relativas a su nombramiento, contratación, gobierno y administración general.
Nota final: Este video presenta información detallada sobre el artículo 130 del Título Séptimo sobre Economía y Hacienda. Se discute la composición del Tribunal de Cuentas, las atribuciones del presidente y las funciones del tribunal.
Preguntas y atribuciones del Tribunal de Cuentas
Resumen de la sección: En esta sección, se discute el Tribunal de Cuentas y sus preguntas y atribuciones.
Composición del Tribunal de Cuentas
- El tribunal está compuesto por el presidente, el pleno, la Comisión de Gobierno, la Sección de Fiscalización, la Sección del Fiscalización, el Consejero de cuentas, la Fiscalía y la Secretaría General.
- El presidente tiene cuatro atribuciones principales: representar al tribunal, convocar y presidir al pleno en la Comisión de Gobierno; ejercer la jefatura superior del personal al servicio del mismo; disponer los recursos propios del tribunal; y contratar obras, bienes, servicios y suministros necesarios para su funcionamiento.
Pleno del Tribunal de Cuentas
- El pleno está integrado por 12 consejeros de cuentas con un presidente y un fiscal.
- La mayoría necesaria para una votación válida es dos tercios. Los acuerdos son adoptados por mayoría simple.
Importancia en Temario
- Es importante conocer el Tribunal de Cuentas para temas relacionados con economía y hacienda. También es necesario saber sobre este órgano fiscalizador si se estudia presupuestos (artículo 136).
Finalización
Resumen de la sección: En esta sección finaliza el video con agradecimientos a los suscriptores.
Agradecimientos
- El equipo agradece a los suscriptores y las críticas recibidas para mejorar cada día.