Uno de los Títulos MÁS IMPORTANTES de la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Principios generales de la organización territorial del Estado
Resumen de la sección: En esta sección, el profesor explica los tres principios generales que se proclaman en los artículos 137 al 139 de la Constitución Española. Estos principios son: autonomía, solidaridad e igualdad. El principio de autonomía se regula en el artículo 137 y establece que el estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y comunidades autónomas.
Autonomía
- El principio de autonomía permite a los municipios gestionar sus respectivos intereses.
- Los territorios más ricos deben ser solidarios con los territorios más pobres.
- El estado es garante del cumplimiento del principio de solidaridad.
Solidaridad
- El estado debe garantizar la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2º de la constitución.
- Al estado le corresponde velar por el establecimiento de un equilibrio económico adecuado y justo entre las diferentes partes del territorio español.
Igualdad
- El artículo 14 trata del principio de igualdad.
- El artículo 19 habla sobre la libertad de circulación dentro del territorio español.
La misión del Estado respecto al hecho insular
Resumen de la sección: En esta sección, el profesor explica qué significa el hecho insular y cómo afecta a las políticas públicas. Se refiere a Canarias y Baleares como ejemplos de regiones insulares que reciben un trato favorecedor en régimen fiscal debido a su separación geográfica de la península.
Hecho insular
- El estado debe garantizar un equilibrio económico adecuado y justo entre las diferentes partes del territorio español.
- El hecho insular se refiere a las circunstancias particulares de las regiones insulares, como Canarias y Baleares.
- Las regiones insulares reciben un trato favorecedor en régimen fiscal debido a su separación geográfica de la península.
Prohibición de limitaciones a la libertad de circulación
Resumen de la sección: En esta sección, se explica el artículo 139 de la Constitución española que establece el principio de igualdad en materia de organización territorial y prohíbe cualquier limitación directa o indirecta a la libertad de circulación.
Libertad de circulación
- El artículo 139 prohíbe el establecimiento de aduanas, impuestos, tarifas o tasas que obstaculicen la libertad de circulación.
- La Constitución garantiza la libre circulación tanto para personas como para bienes dentro del territorio español.
- Las autoridades no pueden adoptar medidas que obstaculicen directa o indirectamente la libertad de circulación.
- El artículo 19 también consagra la libertad de circulación para los españoles.
Conclusión
En resumen, el artículo 139 y el artículo 19 consagran en la Constitución española la libertad de circulación para las personas y los bienes. Se prohíben cualquier limitación directa o indirecta a dicha libertad.