Webinar Diferencias entre el informe social y el informe social forense en la ley de Discapacidad

Webinar Diferencias entre el informe social y el informe social forense en la ley de Discapacidad

Introducción

Resumen de la sección: En esta sección, se da la bienvenida a los trabajadores sociales y se agradece su labor. Se presenta el tema del informe social y el informe social pericial al amparo de la ley 8/2021.

Reconocimiento

Resumen de la sección: Se reconoce el esfuerzo y trabajo compartido entre los colegios profesionales, las juntas de gobierno, el personal técnico, la academia y la junta de gobierno y personal técnico del Consejo General para hacer posible estas sesiones.

Informe Social

Resumen de la sección: El informe social es un instrumento específico del acto profesional de los trabajadores sociales en distintos ámbitos como servicios sociales, sanidad, educación e instituciones penitenciarias. Los equipos psicosociales suscriben su propio informe correspondiendo al trabajo social la realización exclusiva del denominado informe social.

Actualización del Código Deontológico

Resumen de la sección: La junta de gobierno tiene el compromiso de iniciar un proceso para trabajar en una nueva actualización del código deontológico debido a las profundas transformaciones sociales que nos interpelan a tener actualizado y acorde a los tiempos en que vivimos un documento esencial como es nuestro código.

Ley 8/2021

Resumen de la sección: La ley 8/2021 establece un sistema con funciones menos representativas y más de apoyo donde se garantizan los derechos de las personas con discapacidad. Esta ley regula una serie de apoyos y atenciones para que la persona pueda ejercer sus derechos en condiciones de igualdad superando los obstáculos de la discapacidad.

Actuación de los Trabajadores Sociales

Resumen de la sección: Los trabajadores sociales actúan en la red de servicios sociales y del ámbito de la salud. El Consejo General está obligado a velar por el desarrollo profesional y exclusividad del informe social, lo que se traduce en una reserva de actividad de la profesión salvaguarda de la praxis profesional y garantía para las personas usuarias.

Diagnóstico Social

Resumen de la sección: El diagnóstico social es un acto intelectual con clave de derecho y prestación técnica donde el diagnóstico social es la actividad profesional que determina la intervención al tener por finalidad la aportación de elementos para la acción y transformación de la situación.

Regulación del Instrumento Específico

Resumen de la sección: El real decreto 877/2014 hace referencia a los estatutos generales del Consejo General y contemplan el capítulo 1 artículo 2 en su parte sus funciones en el apartado un velar por la adecuada utilización del instrumento específico, que es el informe social, por tanto, son elementos fundamentales y esenciales para nuestra tarea cotidiana como profesional.

Modificación Legal

Resumen de la sección: La ley 8/2021 modifica ocho leyes: el código civil, ley notariado, ley enjuiciamiento civil, ley registro civil, ley patrimonio protegido, ley jurisdicción voluntaria, ley hipotecaria y la ley de comercio. Se modifica tanto el artículo 759 de la Ley Civil como el artículo 42 punto bis de la Ley 15/2015.

Autonomía posible para participar en su

Resumen de la sección: En esta sección, se habla sobre la autonomía y la posibilidad de participación en su entorno más cercano.

Posibilidad de autonomía y participación

  • La ley establece que las personas con limitaciones deben tener la posibilidad de participar en su entorno más cercano.
  • El sistema de servicios sociales debe proporcionar información, orientación y apoyo a estas personas.
  • Se deben establecer líneas de colaboración y coordinación con otros sistemas de protección social como salud, educativo y judicial.
  • Los servicios sociales deben facilitar los apoyos necesarios para el mantenimiento del entorno más próximo a través de servicios domiciliarios o residenciales.
  • Es importante fomentar acciones y redes de autocuidado que permitan a estas personas desarrollar su proyecto vital con la mayor posibilidad.

Papel del sistema de servicios sociales en la aplicación de esta ley

Resumen de la sección: En esta sección, se habla sobre el papel del sistema de servicios sociales en la aplicación de esta ley.

Funciones del sistema

  • El sistema debe proporcionar información, orientación y apoyo dentro del marco de sus competencias.
  • Debe establecer líneas de colaboración necesarias y coordinarse con otros sistemas como salud, educativo y judicial.
  • Los servicios sociales deben facilitar los apoyos necesarios para el mantenimiento del entorno más próximo a través de servicios domiciliarios o residenciales.
  • Es importante fomentar acciones y redes de autocuidado que permitan a estas personas desarrollar su proyecto vital con la mayor posibilidad.

Informes sociales

Resumen de la sección: En esta sección, se habla sobre los informes sociales y su relación con el sistema judicial.

Funciones del informe social

  • El informe social es un instrumento que utilizan los profesionales del trabajo social para apoyar el dictamen pericial en situaciones de limitación en la autonomía.
  • Los servicios especializados solicitan informes de los servicios sociales indiscriminadamente.
  • El trabajador social debe poner en conocimiento una situación de desprotección o poder dar cuenta de las intervenciones sociales que estén llevando a cabo.
  • El contenido del informe social deriva de un estudio a través de entrevistas y distintas técnicas donde se sintetiza una situación objeto de valoración y diagnóstico, elaborando una propuesta de intervención.

Clarificación del papel del sistema y los profesionales

Resumen de la sección: En esta sección, se habla sobre la necesidad de clarificar el papel del sistema y los profesionales en relación con el ámbito judicial.

Funciones del sistema y los profesionales

  • Es necesario tener claro cuál es el objeto y cuál es el bien protegible dentro del sistema.
  • Los profesionales deben emitir informes sociales donde pongan de manifiesto un estudio, valoración, diagnóstico e intervención.
  • Se necesita clarificar qué prestaciones técnicas ofrecen desde el sistema de servicios sociales y otros sistemas como acompañamiento, diagnóstico, valoración, orientación, mediación comunitaria, cuidado personal y asistencia personal.
  • El informe social debe seguir los mandatos establecidos en el código ético.

Dictamen Especializado

Resumen de la sección: La ley exige que los peritos tengan un título oficial y emitan dictámenes especializados en casos previstos por la ley. Los trabajadores sociales forenses también emiten informes periciales en el ámbito judicial, pero no intervienen directamente en la ayuda a las personas con discapacidad o sus familias.

Requisitos para emitir dictámenes periciales

  • Los peritos deben tener un título oficial correspondiente al objeto del dictamen.
  • Los trabajadores sociales forenses emiten informes periciales en el ámbito judicial, pero no intervienen directamente en la ayuda a las personas con discapacidad o sus familias.

Creación de equipos técnicos para juzgados

  • En 2003 se creó el primer equipo técnico para juzgados de incapacidades.
  • En 2005 se creó otro juzgado y un segundo equipo técnico.
  • En 2008 se crearon dos nuevos juzgados con dos equipos técnicos más. También se contrató una trabajadora social para la fiscalía. Actualmente hay cuatro equipos técnicos que atienden a cinco juzgados.

Procedimientos de provisión de apoyo judiciales

Resumen de la sección: La tramitación del procedimiento de provisión de apoyo judiciales se hace mediante un expediente de jurisdicción voluntaria que requiere un dictamen pericial de los profesionales especializados en los ámbitos sociales y sanitario. La autoridad judicial también puede solicitar otros informes necesarios para emitir su resolución judicial.

Tramitación del procedimiento

  • El procedimiento se tramita mediante un expediente de jurisdicción voluntaria que requiere un dictamen pericial de los profesionales especializados en los ámbitos sociales y sanitario.
  • En el dictamen pericial se aconsejarán las medidas de apoyo que resulten idóneas en cada caso, así como aquellas pruebas que consideren necesarias practicar en la comparecencia.

Informes adicionales

  • La autoridad judicial puede solicitar todos aquellos informes que necesite además del dictamen pericial preceptivo.

El papel del trabajador social forense en la ley de discapacidad

Resumen de la sección: En esta sección, se discute el papel del trabajador social forense en la ley de discapacidad y cómo ha cambiado con la nueva legislación.

Cambios en los informes sociales y médicos

  • Antes de la nueva ley, los informes sociales no eran preceptivos y eran elaborados por los forenses o un informe social externo.
  • Ahora, los informes sociales deben ser confirmados y valorados por un trabajador social forense, al igual que ocurre con los informes médicos.
  • Es importante que tanto el informe social como el médico sean vistos por un trabajador social forense para garantizar una resolución ajustada a las necesidades de la persona con discapacidad.

Interpretación de la ley

  • La ley equipara el ámbito social y sanitario, lo que significa que se puede iniciar el procedimiento con un informe social que hable sobre la situación de la persona y un informe médico que indique su enfermedad.
  • Sin embargo, cuando entra en el juzgado, es importante que tanto el informe social como el médico sean valorados por un trabajador social forense para emitir una resolución ajustada a las necesidades de la persona.

Importancia del dictamen pericial

  • El dictamen pericial en el ámbito social es importante para garantizar una resolución justa. Es necesario hacerlo desde el ámbito de la Justicia del trabajo social.
  • La ley 8 permite un espacio importante a esta profesión en el ámbito del trabajo social forense y también en el ejercicio libre y en los servicios sociales.

Escasez de medios

  • Existe una clarísima escasez de dotación y medios para los equipos psicosociales en el ámbito del trabajo social forense. Es necesario dotar económicamente a los juzgados para que puedan desarrollar esto adecuadamente.

Reproducción y agradecimiento

Resumen de la sección: En esta sección, el hablante menciona que el video ha sido reproducido un poco y agradece a todos los que han trabajado en él.

Agradecimientos

  • El hablante agradece el trabajo de todas las personas involucradas en la creación del video.
  • Se destaca la colaboración y buena voluntad entre las partes.
  • Se envían abrazos impulsivos y fuertes.

Despedida

  • El hablante se despide con un mensaje de optimismo y esperanza.
  • Se menciona que nos veremos pronto.

Colaboración y grandeza

Resumen de la sección: En esta sección, el hablante destaca la importancia de la colaboración y cómo esto puede llevar a grandes logros.

Colaboración

  • Se destaca que cada vez más personas están trabajando juntas para lograr objetivos comunes.
  • Se mencionan sistemas de protección llamados "estado mayor".
  • Se enfatiza que lo importante es la colaboración y buena voluntad entre las partes.

Grandeza

  • El hablante sugiere que al trabajar juntos podemos lograr grandes cosas.
  • Se menciona que esto solo es posible gracias al trabajo diario de cada persona en su puesto.

Despedida musical

Resumen de la sección: Esta sección consiste en una despedida musical.