Estatuto de la Tecnicatura en Martillero Público y Corredor de Comercio
Conceptos Básicos del Estatuto de los Martilleros y Corredores
Resumen de la Sección: En esta sección, se abordan conceptos fundamentales relacionados con la normativa que regula el estatuto de los martilleros y corredores en Argentina, destacando las modificaciones introducidas por el código civil y comercial.
Regulación Legal de Martilleros y Corredores
- Se discute la ley de 1973 que regula a los martilleros y corredores, señalando la necesidad de revisarla debido a posibles reformas pendientes.
- La ley inicialmente reguló a los martilleros y posteriormente se amplió para incluir a los corredores. Se destaca la importancia de actualizarla tras la derogación del código de comercio.
- Anteriormente, el código de comercio regulaba aspectos como el acto de remate, pero actualmente no se encuentra contemplado en el código civil y comercial. Es esencial articular esta ley con otras normativas nacionales y locales.
Condiciones Habilitantes para Martilleros y Corredores
- El estatuto establece condiciones habilitantes iniciales, como ser mayor de edad y no estar sujeto a inhabilidades específicas según el artículo segundo.
- Se destaca la importancia del título universitario como requisito habilitante desde 1999, reemplazando exámenes previos. Esto define a martilleros y corredores como profesionales con formación universitaria.
Inhabilidades para Ejercer Comercio
- Las condiciones habilitantes son uniformes en todo el país. Además, se detallan las causales de inhabilidad tanto para martilleros como para corredores, aplicando criterios similares para ambas profesiones.
- Se menciona que el código civil actual no define un estatuto del comerciante, lo cual contrasta con la legislación anterior. Las restricciones para ejercer comercio provienen principalmente de leyes especiales como la ley de concursos y quiebras.
Restricciones Legales Adicionales
- Se discute sobre las limitaciones legales adicionales que afectan a individuos con antecedentes penales específicos, quienes pueden enfrentar restricciones temporales o definitivas para ejercer actividades comerciales.
Normativa para la Matriculación de Martilleros en Argentina
Resumen de la Sección: En esta sección, se aborda la normativa relacionada con los requisitos para la matriculación de martilleros en Argentina, destacando aspectos clave como la ley nacional aplicable a nivel territorial y las condiciones establecidas a nivel local.
Requisitos para la Matriculación
- Los requisitos a nivel nacional son poseer un título universitario expedido por una universidad autorizada, ser mayor de edad y demostrar buena conducta.
- La buena conducta ha generado debate constitucional al requerir un certificado de no reincidencia penal en lugar del tradicional certificado de buena conducta.
- Otros requisitos incluyen la constitución del domicilio, jurisdicción correspondiente y una garantía real o personal determinada por el organismo regulador.
Control de Matrícula y Legajos
- Las normas locales prevalecen sobre la normativa nacional en cuanto al control de matrícula, siendo responsabilidad de los colegios profesionales o judiciales locales.
- Se establece la formación de legajos públicos para cada martillero inscrito, detallando información personal y cualquier modificación relevante.
Garantías y Responsabilidades
- La garantía es inembargable y responde a daños causados por el ejercicio profesional, multas impuestas y sumas declaradas responsables.
- La reposición inmediata de la garantía es crucial para mantener la matrícula activa, aunque su monto puede resultar insuficiente en casos legales complejos.
Incompatibilidades Laborales para Martilleros
Resumen de la Sección: En este segmento se discuten las incompatibilidades laborales específicas que afectan a los martilleros en Argentina, centrándose en restricciones relacionadas con empleados públicos y remates ordenados por ciertas entidades gubernamentales.
Incompatibilidades Laborales
- Los empleados públicos tienen restricciones laborales al ejercer como martilleros, salvo disposiciones especiales.
- Existe una incompatibilidad relativa respecto a realizar remates ordenados por entidades gubernamentales donde el martillero esté empleado.
Desarrollo del Acto de Remate
Resumen de la Sección: En esta sección, se aborda el tema del acto de remate y su regulación en la legislación actual. Se discute la ausencia de regulación específica en el código civil y comercial, así como las facultades y responsabilidades de los martilleros en este proceso.
Regulación del Acto de Remate
- El acto de remate no está regulado en la legislación actual como un acto de comercio, a diferencia del Código de Comercio derogado.
- En el nuevo marco legal, no se menciona a los martilleros ni al rematador, a diferencia del corretaje y el corredor que sí están expresamente incorporados.
Facultades de los Martilleros
- Los martilleros tienen la facultad legal para efectuar tasaciones y informar sobre el valor venal o de mercado de los bienes a rematar.
- Además, pueden recabar informes necesarios directamente de oficinas públicas, bancos oficiales y particulares para cumplir con sus obligaciones.
Obligaciones y Responsabilidades en el Acto de Remate
Resumen de la Sección: En esta parte se detallan las obligaciones y responsabilidades específicas que recaen sobre los martilleros durante un acto de remate. Desde la solicitud de informes hasta garantizar el desarrollo adecuado del evento.
Obligaciones Específicas
- Los martilleros tienen la facultad legal para solicitar certificados e informes necesarios sobre las condiciones jurídicas, materiales y subjetivas relevantes para el remate.
- Pueden solicitar medidas a las autoridades competentes para asegurar un desarrollo normal del acto, emitiendo escritos firmados que respalden estas acciones.
Requisitos Legales en Remates Inmobiliarios
Resumen de la Sección: Aquí se detallan los requisitos legales específicos que deben cumplir los martilleros durante remates inmobiliarios, incluyendo verificación documental y condiciones dominiales.
Verificación Documental
- Deben comprobar la existencia y validez de títulos invocados por quienes disponen del bien a rematar, así como constatar las condiciones jurídicas y materiales pertinentes.
- La verificación incluye certificados catastrales y dominiales para garantizar que los adquirentes obtengan propiedades con títulos válidos y condiciones reales.
Condiciones Financieras en Actos de Remate
Resumen de la Sección: Esta parte destaca aspectos financieros clave relacionados con los gastos del remate, formas de pago e instrucciones adicionales relevantes para el proceso.
Aspectos Financieros
- Es fundamental convenir por escrito con quien dispone del bien los gastos asociados al remate; estos deben ser útiles para llevar adelante el acto.
Normas y Procedimientos en Remates
Resumen de la Sección: En esta sección se aborda la importancia de cumplir con las normativas legales en los remates, desde las relaciones de consumo hasta las modalidades del acto de remate.
Relaciones de Consumo y Normas Legales
- Se hace referencia a las normas sobre publicidad del código civil y comercial para entender la legalidad de la publicidad en los remates.
- Las normativas locales deben considerarse al realizar remates, especialmente en zonas con características específicas como pueblos en formación.
- Es crucial adecuar las normas anacrónicas a la legislación local vigente en cada lugar donde se realice un remate.
Modalidades del Acto de Remate
- Se deben seguir pautas como colocar una bandera con el nombre visible antes del remate y explicar claramente las condiciones legales del bien a subastar.
- Antes de comenzar el remate, es necesario explicar detalladamente en voz alta todas las características del bien y aceptar ofertas solo verbalmente.
- La documentación de la venta debe ser precisa y redactada conforme a lo dispuesto por el código civil y comercial actual.
Derechos y Obligaciones del Martillero
Resumen de la Sección: En esta parte se detallan los derechos y obligaciones que tiene el martillero durante un proceso de remate, incluyendo aspectos relacionados con comisiones, rendición de cuentas y conservación.
Comisiones y Rendición de Cuentas
- El martillero tiene derecho a percibir el precio exigido en dinero efectivo al momento de la transmisión del dominio.
- Debe rendir cuentas documentadas dentro del plazo establecido, entregando el saldo resultante e otorgando recibos correspondientes.
- La rendición de cuentas debe ser descriptiva y documentada; su incumplimiento puede acarrear pérdida de comisión y responsabilidad por daños.
Conservación e Informes
- El martillero debe conservar muestras, certificados e informes relativos a los bienes subastados hasta la transmisión definitiva del dominio.
Reclamación de Gastos en Remates
Resumen de la Sección: En esta sección se discute el derecho a reclamar gastos en remates, las comisiones que pueden percibir los martilleros y las regulaciones relacionadas con las leyes arancelarias locales.
Derecho a Reembolso de Gastos
- La Norma indica que no hay derecho al reembolso de gastos no convenidos expresamente.
- Los gastos necesarios y útiles podrían ser reclamados si el remate no se lleva a cabo por causas no imputables al martillero.
Comisiones para Martilleros
- El juez determina la comisión basada en el trabajo realizado y los gastos efectuados.
- La ley arancelaria local puede regular la comisión y los gastos; de lo contrario, se recurre a la instancia judicial.
Regulaciones Locales y Nacionales
- Las leyes arancelarias locales prevalecen sobre la ley nacional en casos específicos.
- La comisión se calcula según el precio obtenido; si fracasa por falta de postores, se considera el valor del bien a rematar.
Constitución de Sociedades por Martilleros
Resumen de la Sección: Se aborda la posibilidad de que los martilleros constituyan sociedades bajo ciertas condiciones y responsabilidades legales.
Tipos Societarios Permitidos
- Los martilleros pueden formar sociedades para realizar actos de remate, excluyendo cooperativas.
- Pueden constituir sociedades bajo tipos societarios establecidos después de 1973, asumiendo responsabilidad solidaria por daños ocasionados durante los remates.
Obligaciones y Registros para Martilleros
Resumen de la Sección: Se detallan los libros que deben llevar los martilleros y las sociedades relacionados con sus actividades comerciales.
Registro y Documentación Obligatoria
- Evolución hacia subastas electrónicas públicas en ámbitos judiciales, estatales o bancarios.
Legislación para Martilleros
Resumen de la Sección: En esta sección, se aborda la legislación actual que regula la actividad de los martilleros, detallando las normativas y prohibiciones a las que están sujetos.
Cambios en la Legislación
- La nueva legislación ha modificado significativamente la forma en que los libros deben llevarse y manifestarse materialmente.
Prohibiciones para Martilleros
- Los martilleros deben archivar cronológicamente un ejemplar de los documentos relacionados con las operaciones en las que intervienen.
Restricciones Adicionales
- Está prohibido a los martilleros participar en el precio obtenido en remates.
Limitaciones Legales
- Prohibición de comprar bienes por cuenta de terceros o adjudicar bienes a familiares cercanos.
Sanciones y Responsabilidades
Regulaciones y Normativas para Corredores y Martilleros
Resumen de la Sección: En esta sección se discute la regulación legal que rige las actividades de los corredores y martilleros, destacando cómo estas normativas específicas influyen en su ejercicio profesional.
Regulación Legal Específica
- Las subastas judiciales se rigen por códigos de procedimiento y leyes orgánicas de justicia, con normativas específicas. La ley aplicable abarca todo el territorio nacional e incorpora al código de comercio.
- La ley 26.994 incorpora al código civil y comercial las leyes del código de comercio referentes a corredores. Se destaca la aplicación al ejercicio del corretaje.
Condiciones Habilitantes para Corredores
- Requisitos para ser corredor: mayor de edad, no estar inhabilitado, poseer título universitario revalidado en el país e inscribirse en la matrícula correspondiente.
- Procedimientos para matricularse incluyen acreditar buena conducta, domicilio en lugar de ejercicio, constituir garantía y cumplir requisitos locales.
Obligaciones y Facultades del Corredor
- Sin cumplir condiciones habilitantes, el corredor no puede cobrar remuneración ni retribución. Puede poner en relación partes sin representarlas directamente.
- El corredor facilita negocios sin vínculos subordinados o representativos. En la etapa ejecutiva del contrato puede representar una parte si así lo acuerdan.
Funciones Específicas del Corredor
Resumen de la Sección: Aquí se detallan las funciones específicas que un corredor puede desempeñar dentro del ámbito legal establecido.
Funciones Ampliadas del Corredor
- El corredor puede relacionar partes para diversos actos jurídicos más allá de remates. Tiene facultad para obtener información oficial necesaria para sus deberes profesionales.
Normativa sobre el Contrato de Corretaje
Resumen de la Sección: En esta sección, se aborda la normativa relacionada con el contrato de corretaje, destacando aspectos como la definición del contrato, quiénes pueden actuar como corredores, y las obligaciones que estos deben cumplir.
Definición del Contrato de Corretaje
- El código civil y comercial define el contrato de corretaje y establece la oportunidad de su conclusión.
- Los corredores pueden ser personas humanas o jurídicas, debiendo asegurarse de la identidad y capacidad legal de las partes en los negocios en los que intervienen.
Obligaciones del Corredor
- Debe proponer negocios con exactitud y claridad, comunicando todas las circunstancias relevantes a las partes.
- Mantener confidencialidad sobre las negociaciones en las que interviene y asistir en la firma de instrumentos conclusivos.
Etapas del Contrato
- El corredor se enfoca en la gestación y preparación de la negociación, no en su ejecución.
- Puede otorgar garantías y recibir encargos para representar a una parte en el negocio.
Derechos y Comisiones del Corredor
Resumen de la Sección: En este segmento se discuten los derechos del corredor, incluyendo su derecho a comisión estipulada por su intervención en un negocio.
Derechos del Corredor
- Tiene derecho a una comisión estipulada por el negocio resultante de su intervención.
- Las leyes arancelarias locales prevalecen sobre acuerdos previos respecto al pago de comisiones.
Cobro de Comisiones
- Si interviene un solo corredor, todas las partes le deben comisión salvo pacto contrario.
- En caso de intermediación inmobiliaria, solo puede estar a cargo un profesional matriculado para ejercer el corretaje inmobiliario.
Obligaciones sobre Pago de Comisión
Resumen de la Sección: Aquí se detallan situaciones específicas donde se debe o no pagar comisión al corredor tras la conclusión o anulación del contrato.
Pago Obligatorio
- La comisión debe pagarse aunque el contrato no se cumpla o sea rescindido.
Generación de Derechos por Incapacidad de las Partes
Resumen de la Sección: En esta sección se discute la generación de derechos por incapacidad de las partes en un contrato, y cómo el corredor debe controlar previamente estas situaciones para evitar problemas.
Control Previo del Corredor
- El corredor debe controlar la incapacidad de las partes antes de generar derechos.
- La falta de representación de alguna parte también debe ser verificada por el corredor.
- Situaciones conocidas por el corredor que afecten la validez del contrato deben ser consideradas.
Derecho al Reembolso de Gastos en Operaciones no Concretadas
Resumen de la Sección: Aquí se aborda el derecho del corredor al reembolso de gastos, incluso si la operación encomendada no se lleva a cabo, salvo pacto en contrario.
Principio del Código Civil y Comercial
- El código establece que el corredor tiene derecho al reembolso de gastos aunque la operación no se concrete.
- Los gastos necesarios y útiles deben ser reembolsados si no hay acuerdo previo con las partes.
Aclaratoria sobre Reembolso de Gastos en Caso de Operaciones no Concretadas
Resumen de la Sección: Se aclara que los acuerdos sobre reembolso deben estar explícitos para garantizar el derecho del corredor a ser reembolsado por los gastos en operaciones fallidas.
Necesidad de Acuerdos Explícitos
- Es crucial convenir expresamente sobre el reembolso cuando una operación no se realiza.
- La falta de acuerdo puede interpretarse como negación del derecho al reembolso.