Tema 14 - Administrativos - SAS - Servicio Andaluz de Salud - Volumen 1

Tema 14 - Administrativos - SAS - Servicio Andaluz de Salud - Volumen 1

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Introducción al Canal

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  • Agradecimiento por elegir el canal como apoyo en el camino hacia el éxito en las oposiciones.

Disponibilidad de Temarios

  • Los temarios están disponibles tanto en formato digital como en papel.

El Estatuto Básico del Empleado Público

Marco Legal

  • El Estatuto está regulado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, que aprueba el texto refundido de la ley del estatuto básico del empleado público (TRLEBP).

Objetivos del TRLEBP

  • Establecer bases del régimen estatutario de funcionarios públicos y normas aplicables al personal laboral.
  • Fundamentos incluyen: servicio a ciudadanos, igualdad, sometimiento a la ley, objetividad e imparcialidad.

Derechos y Deberes

  • Se garantiza la inamovilidad en la condición de funcionario de carrera y se promueve la eficacia en gestión de recursos humanos.

Ámbito de Aplicación

Personal Cubierto

  • El artículo 2 establece que se aplica al personal funcionario y laboral al servicio de diversas administraciones públicas.
  • Incluye administración general del estado, comunidades autónomas, entidades locales y organismos públicos.

Excepciones

  • Personal docente y estatutario regido por legislación específica; el estatuto tiene carácter supletorio para otros empleados públicos.

Clasificación del Personal Público

Tipos de Empleados Públicos

  • Según el artículo 8.1, son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en administraciones públicas.

Funcionarios de Carrera

  • Regulados por el artículo 9; vinculados legalmente a una administración pública mediante nombramiento oficial.

Funcionarios Interinos

Regulación del Personal Funcionario y Laboral en la Administración Pública

Causas de Finalización de la Relación de Interinidad

  • La administración formalizará la finalización de la relación de interinidad por diversas causas, incluyendo la cobertura reglada del puesto por personal funcionario de carrera.
  • Otras razones incluyen supresión o amortización de puestos asignados y finalización del plazo autorizado en el nombramiento.
  • Después de tres años desde el nombramiento, se producirá el fin de la relación interina, permitiendo que solo personal funcionario de carrera ocupe la vacante.
  • El personal interino puede permanecer en su puesto temporalmente si se publica una convocatoria dentro del plazo establecido y es resuelta conforme a los plazos establecidos.
  • Se aplicará el régimen general del personal funcionario a los interinos, salvo derechos específicos inherentes a funcionarios de carrera.

Regulación del Personal Laboral

  • El personal laboral está regulado por contrato escrito y puede ser fijo o temporal según su duración.
  • Las leyes sobre función pública establecerán criterios para determinar qué puestos pueden ser ocupados por personal laboral, respetando lo estipulado en el artículo 9.2.
  • Los procedimientos de selección serán públicos y regidos por principios como igualdad, mérito y capacidad; además, se priorizará celeridad en casos temporales justificados.

Personal Eventual

  • El personal eventual realiza funciones específicas calificadas como confianza o asesoramiento especial con retribución correspondiente a créditos presupuestarios designados para este fin.
  • Las leyes definirán los órganos que podrán disponer este tipo de personal; el número máximo será determinado públicamente por dichos órganos.

Condiciones del Personal Directivo

  • El gobierno podrá establecer un régimen jurídico específico para el personal directivo basado en principios como mérito y capacidad mediante procedimientos garantizados.
  • Este tipo de personal estará sujeto a evaluación basada en eficacia, eficiencia y responsabilidad respecto a sus objetivos fijados.

Derechos y Deberes del Empleado Público

  • Los empleados públicos tienen derechos individuales como inamovilidad en su condición profesional y derecho al desempeño efectivo según su progresión profesional.

Derechos y Promoción de los Funcionarios Públicos

Principios Fundamentales

  • Se establece la importancia de la progresión en la carrera profesional y promoción interna, fundamentada en principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
  • Los funcionarios tienen derecho a ser informados sobre las tareas a desarrollar y participar en los objetivos de su unidad.
  • Se menciona el derecho a formación continua y actualización permanente de conocimientos, preferentemente durante el horario laboral.

Protección y Dignidad Laboral

  • Se garantiza el respeto a la intimidad, orientación sexual e imagen personal, así como protección contra acoso sexual y discriminación por diversas razones.
  • Los derechos incluyen vacaciones, descansos, permisos, licencias y condiciones para jubilación según normas aplicables.

Derechos Colectivos

  • Se reconocen derechos individuales ejercidos colectivamente: libertad sindical, negociación colectiva y derecho a huelga con garantías para servicios esenciales.
  • El artículo 15 del TRLE BP regula estos derechos colectivos que permiten plantear conflictos laborales conforme a la legislación vigente.

Carrera Profesional

Concepto y Modalidades

  • El artículo 16 del TRLE BP define la carrera profesional como un conjunto ordenado de oportunidades de ascenso basadas en igualdad, mérito y capacidad.
  • Las administraciones públicas deben promover la actualización profesional mediante leyes específicas que regulen esta carrera.

Tipos de Progresión

  • La carrera puede ser horizontal (progresión sin cambio de puesto), vertical (ascenso en estructura laboral), o interna (ascenso entre cuerpos o escalas).
  • La administración puede implementar simultáneamente modalidades horizontales y verticales para facilitar el desarrollo profesional.

Promoción Interna

Requisitos y Procesos Selectivos

  • La promoción interna se realiza mediante procesos selectivos que aseguran cumplimiento con principios constitucionales.

Acceso y Promoción de Funcionarios Públicos

Determinación de Cuerpos y Escalas

  • Los cuerpos y escalas a los que pueden acceder los funcionarios de carrera se determinarán mediante leyes de función pública, facilitando la movilidad entre subgrupos.

Incentivos para la Participación en Procesos Selectivos

  • Las administraciones públicas implementarán medidas para incentivar la participación del personal en procesos selectivos de promoción interna, promoviendo así el desarrollo profesional.

Evaluación del Desempeño

  • El artículo 20 del TRLE BP establece que las administraciones deben crear sistemas para evaluar el desempeño, midiendo conducta profesional y rendimiento.
  • La evaluación debe ser transparente, objetiva e imparcial, respetando los derechos de los empleados públicos.

Efectos de la Evaluación en la Carrera Profesional

  • Los resultados de la evaluación influirán en aspectos como formación, provisión de puestos y retribuciones complementarias.
  • La continuidad en un puesto obtenido por concurso dependerá también de esta evaluación.

Retribuciones y Derechos Económicos

Cuantías Retributivas

  • Se regularán las cuantías e incrementos retributivos según lo establecido en el artículo 1 del TRLE BP, reflejándose anualmente en la ley de presupuestos.

Clasificación de Retribuciones

  • Las retribuciones se dividen en básicas (según adscripción a un cuerpo o escala) y complementarias (por características del puesto o rendimiento).

Pagas Extraordinarias

  • Se establecen dos pagas extraordinarias al año, cada una equivalente a una mensualidad básica más todas las complementarias pertinentes.

Progresión dentro del Sistema Retributivo

  • Las retribuciones complementarias se fijarán considerando factores como progresión administrativa, dificultad técnica y rendimiento laboral.

Retribuciones para Funcionarios Interinos

Regulación Específica

Retribuciones y Deberes de los Empleados Públicos

Retribuciones Complementarias y Efectos

  • Se mencionan las retribuciones complementarias según los apartados b, c y d del artículo 24, así como el reconocimiento de trienios por servicios previos a la entrada en vigor del estatuto.
  • Las retribuciones de los funcionarios en prácticas se establecerán por las administraciones públicas, garantizando un mínimo equivalente al sueldo del subgrupo o grupo correspondiente.
  • Para el personal laboral, las retribuciones se determinarán conforme a la legislación laboral vigente y el convenio colectivo aplicable.

Indemnizaciones y Retribuciones Diferidas

  • El artículo 28 establece que los funcionarios recibirán indemnizaciones correspondientes por razón del servicio.
  • Las administraciones públicas podrán destinar porcentajes de la masa salarial para financiar aportaciones a planes de pensiones o seguros colectivos, considerándose retribución diferida.
  • La deducción proporcional de haberes se aplicará sin carácter sancionador en caso de jornada no realizada o ejercicio del derecho a huelga.

Código de Conducta para Empleados Públicos

Principios Generales

  • El capítulo 6 regula los deberes de los empleados públicos, enfatizando la diligencia en sus tareas y el respeto a la Constitución.
  • Los principios éticos incluyen objetividad, integridad, neutralidad y responsabilidad; estos guiarán su conducta profesional.

Normas Específicas

  • Los empleados deben actuar con lealtad hacia la administración y evitar conflictos de interés personales o financieros.
  • Se prohíbe cualquier discriminación basada en características personales como origen racial, género u orientación sexual.

Código de Conducta y Acceso al Empleo Público

Principios de Conducta para Servicios Públicos

  • Los servicios públicos deben guardar secreto sobre materias clasificadas y mantener discreción en asuntos relacionados con su cargo, evitando el uso de información para beneficio propio o de terceros.
  • Se establece que los empleados públicos deben tratar a ciudadanos y superiores con respeto, cumplir diligentemente con sus tareas y obedecer instrucciones, salvo que estas infrinjan la ley.
  • Es obligatorio informar a los ciudadanos sobre sus derechos y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones; además, se debe administrar recursos públicos con austeridad.
  • Se prohíbe aceptar regalos o favores que excedan las normas sociales habituales, garantizando así la integridad del servicio público.
  • Los documentos deben ser conservados adecuadamente para su transmisión a futuros responsables; también es importante mantener actualizada la formación profesional.

Acceso al Empleo Público

Derechos y Requisitos Generales

  • Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público bajo principios de igualdad, mérito y capacidad, conforme a lo establecido en el estatuto correspondiente.
  • Las administraciones públicas deben seleccionar personal mediante procedimientos que garanticen publicidad, transparencia e imparcialidad en las convocatorias.
  • Se requiere agilidad en los procesos selectivos sin comprometer la objetividad; esto incluye criterios claros sobre funciones a desempeñar por parte del personal seleccionado.

Requisitos Específicos para Participar

  • Para participar en procesos selectivos se necesita tener nacionalidad española (o condiciones equivalentes), capacidad funcional adecuada y no haber sido separado disciplinariamente de ningún servicio público.
  • La edad mínima es 16 años; no obstante, se puede establecer una edad máxima diferente solo por ley.

Nacionales de Otros Estados

Igualdad en el Acceso

  • Los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea pueden acceder a empleos públicos bajo las mismas condiciones que los españoles, excepto aquellos roles relacionados directamente con el ejercicio del poder público.

Acceso a la Nacionalidad y Empleo Público en España

Acceso a la nacionalidad para cónyuges y descendientes

  • Se establece que los cónyuges de españoles y de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea pueden acceder a la nacionalidad, siempre que no estén separados legalmente. Esto se extiende también a sus descendientes menores de 21 años o mayores dependientes.

Inclusión en el empleo público

  • El acceso al empleo público como personal funcionario se amplía a personas incluidas en tratados internacionales ratificados por España, donde se aplica la libre circulación de trabajadores.
  • Los extranjeros con residencia legal en España tienen derecho a acceder a las administraciones públicas como personal laboral en igualdad de condiciones que los españoles.

Exenciones y requisitos para el acceso

  • Solo mediante ley se podrá eximir del requisito de nacionalidad por razones de interés general para el acceso al personal funcionario.
  • Las administraciones públicas establecerán requisitos específicos para funcionarios españoles en organismos internacionales, permitiendo exenciones si poseen titulación requerida.

Inclusión de personas con discapacidad

  • Se reservará un cupo mínimo del 7% de vacantes en ofertas de empleo público para personas con discapacidad, quienes deben superar procesos selectivos y acreditar su condición.
  • La reserva del 7% incluirá al menos un 2% destinado específicamente a personas con discapacidad intelectual.

Adaptaciones razonables y órganos de selección

  • Cada administración pública debe adoptar medidas para realizar adaptaciones razonables durante el proceso selectivo y en el puesto de trabajo.
  • Los órganos de selección serán colegiados, garantizando imparcialidad y paridad entre géneros; excluyendo personal político o interino.

Procesos selectivos abiertos e inclusivos

  • Los procesos selectivos garantizarán libre concurrencia, promoviendo igualdad entre sexos y adecuación entre pruebas y tareas requeridas.
  • Las pruebas podrán incluir evaluaciones prácticas, comprobación oral o escrita, así como dominio de lenguas extranjeras.

Sistemas selectivos establecidos

  • Los sistemas selectivos incluyen oposición y concurso-oposición; deberán determinar la capacidad mediante pruebas específicas.

Proceso de Selección y Estabilización del Empleo Público

Requisitos para la Adquisición de la Condición de Funcionario

  • Las organizaciones sindicales no pueden proponer más aprobados que plazas convocadas, salvo en casos específicos previstos en la convocatoria.
  • Si se proponen el mismo número de aspirantes que plazas, se puede requerir una lista complementaria si hay renuncias antes del nombramiento.
  • La condición de funcionario se adquiere mediante: superación del proceso selectivo, nombramiento oficial y toma de posesión dentro del plazo establecido.
  • Los aspirantes deben acreditar los requisitos exigidos tras superar el proceso; de lo contrario, sus actuaciones quedarán sin efecto.

Procesos de Estabilización del Empleo Temporal

  • La Ley 20/2021 establece medidas para reducir la temporalidad en el empleo público, autorizando tasas adicionales para estabilizar empleos temporales.
  • Se incluyen plazas estructurales ocupadas temporalmente durante al menos tres años antes del 31 de diciembre de 2020 en los procesos de estabilización.
  • Las ofertas para estos procesos deben publicarse antes del 1 de junio de 2022 y coordinarse entre administraciones públicas competentes.

Plazos y Cobertura Temporal

  • Las convocatorias para cubrir las plazas deben publicarse antes del 31 de diciembre de 2022; la resolución debe finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
  • La tasa máxima permitida para cobertura temporal es inferior al 8% en plazas estructurales; esto debe garantizar principios como igualdad y mérito.

Mecanismos y Compensaciones

  • Los mecanismos previos a la cobertura serán compatibles con los procesos actuales; no se podrá incrementar gasto ni efectivos por estos procesos.
  • El sistema seleccionado será concurso-oposición, donde la fase concurso tendrá un peso del 40% basado principalmente en experiencia previa.

Compensación y Pérdida de la Condición de Funcionario

Compensación por Extinción de Contrato

  • La compensación laboral temporal se calculará como la diferencia entre un máximo de 20 días del salario fijo por año de servicio, con un límite de 12 mensualidades, y la indemnización correspondiente a la extinción del contrato.
  • En caso de que la indemnización sea reconocida judicialmente, se procederá a compensar las cantidades. La no participación en el proceso selectivo no dará derecho a compensación económica.

Causas para Pérdida de Condición

  • Se regulan las causas para perder la condición de funcionario en los artículos 63 al 68 del TRLE BP, incluyendo renuncia, pérdida de nacionalidad y jubilación.
  • Las causas específicas incluyen:
  • Renuncia voluntaria.
  • Pérdida de nacionalidad española o europea.
  • Jubilación total o sanción disciplinaria firme.

Proceso de Renuncia

  • La renuncia debe ser manifestada por escrito y aceptada expresamente por la administración, salvo excepciones como estar bajo expediente disciplinario.
  • La renuncia no inhabilita para ingresar nuevamente en la administración pública mediante el procedimiento establecido.

Jubilación y Requisitos

  • Existen dos tipos principales de jubilación: voluntaria (a solicitud) y forzosa (al cumplir edad legal). También puede haber jubilaciones por incapacidad permanente.
  • Los funcionarios pueden solicitar prolongar su permanencia hasta los 70 años bajo ciertas condiciones; sin embargo, esto no aplica si hay normas estatales específicas sobre jubilación.

Rehabilitación del Funcionario

  • Si un funcionario pierde su condición debido a pérdida de nacionalidad o jubilación por incapacidad permanente, puede solicitar rehabilitación una vez desaparecida la causa objetiva que motivó dicha pérdida.
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Tema 14. El Estatuto Básico del empleado público. Objeto y ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las administraciones públicas. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Prepárate de manera óptima para las oposiciones al Cuerpo de Administrativos del Servicio Andaluz de Salud (SAS) con nuestro temario actualizado y completo. Recuerda suscribirte y activar las notificaciones para mantenerte al día con las últimas actualizaciones de este y otros temas relevantes para estas oposiciones. ¿Tienes dudas o preguntas? Déjanos tus consultas en los comentarios y responderemos a todas ellas. Además, nos encantaría conocer tus intereses. Si deseas explorar otros temas u oposiciones, compártelo en los comentarios y te informaremos sobre su disponibilidad. También puedes visitar nuestra web donde encontrarás los contenidos y recursos que te ayudarán a alcanzar tu éxito. https://www.edicionesrodio.com/producto/administrativo-a-del-sas-temario-especifico-volumen-1/ Audio: introducción de Manu Gea.