Ley 47/2003 General Presupuestaria - 8a parte - Modif Presu - Creditos extraordinarios y suplementos
Modificaciones Presupuestarias: Créditos Extraordinarios y Suplementos de Crédito
Introducción a los Créditos Extraordinarios
- Se discuten las modificaciones presupuestarias, enfocándose en los créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
- Un crédito extraordinario se utiliza cuando no hay partida presupuestaria o esta está agotada, creando un nuevo crédito para cubrir gastos urgentes.
Suplemento de Crédito
- El suplemento de crédito se aplica cuando existe una partida presupuestaria, pero el dinero es insuficiente para cubrir todos los gastos.
- La financiación puede provenir de capítulos no financieros (gastos del 1 al 7), del fondo de contingencia o de otras partidas no financieras.
Fuentes de Financiación
- Si el gasto es financiero, la financiación proviene de deuda pública o reducciones en otros créditos financieros.
Competencias en Modificaciones Presupuestarias
Cortes Generales
- Las Cortes Generales tienen tres competencias:
- Obligaciones del ejercicio anterior sin anulación del crédito.
- Operaciones del propio ejercicio financiadas con otros créditos.
- Operaciones financieras (capítulos 8 y 9).
Consejo de Ministros
- El Consejo de Ministros tiene una competencia clave: obligaciones del ejercicio anterior cuando se ha anulado el crédito. Esta debe financiarse desde el fondo de contingencia.
Organismos Autónomos y sus Competencias
Estructura Competencial
- En organismos autónomos, las competencias son:
- Presidente/director: hasta el 10% o medio millón euros del presupuesto inicial.
- Ministro de Hacienda: hasta el millón euros o hasta el 20%.
- Consejo de Ministros: más allá del millón euros o el 20%.
Anticipo de Tesorería
- El anticipo es un adelanto sobre créditos extraordinarios y suplementos, limitado al 1% de los créditos autorizados en los presupuestos generales.
- Se permite solo en dos casos: inicio del trámite con informe favorable del consejo o promulgación que exija un crédito extraordinario.
Resumen Final
Modificaciones Presupuestarias y Créditos
Ejercicio de Procedencia y Financiamiento
- Se discute la baja en el crédito en el ejercicio de procedencia, que se financiará con el fondo de contingencia. Esto implica una gestión cuidadosa de los recursos disponibles.
- Se menciona que los organismos autónomos pueden recibir hasta un 10% o medio millón de euros, mientras que el ministro de Hacienda puede autorizar hasta un 20% o un millón de euros.
- Para cantidades superiores, es necesario recurrir al consejo de ministros para su aprobación, lo que indica un proceso jerárquico en la toma de decisiones financieras.
Anticipos y Créditos Autorizados
- Se aborda el anticipo de tesorería, que corresponde al 1% de los créditos autorizados por el estado en los presupuestos generales (pg).
- La discusión concluye con la preparación para preguntas sobre estados y suplementos de crédito, sugiriendo una evaluación del conocimiento adquirido sobre modificaciones presupuestarias.