Ley 47/2003, General Presupuestaria - 7a parte - Modificaciones Presupuestarias - Ampliaciones
Modificaciones Presupuestarias: Ampliaciones de Crédito
Introducción a las Ampliaciones de Crédito
- Las ampliaciones de crédito son modificaciones al alza en el presupuesto de gastos, permitiendo un aumento del crédito presupuestario hasta alcanzar el importe necesario.
Condiciones para la Declaración de Ampliables
- Solo pueden declararse ampliables aquellas partidas que estén recogidas en una ley, específicamente la Ley 47/2003 General Presupuestaria.
- Ejemplos de partidas ampliables incluyen el pago de clases pasivas, obligaciones derivadas con rango de ley y todo lo relacionado con la seguridad social (pensiones, prestaciones).
Limitaciones en las Ampliaciones
- No se pueden ampliar créditos que han sido ignorados durante el ejercicio para evitar manipulaciones del presupuesto. Sin embargo, hay excepciones para la deuda del estado y seguridad social.
Fuentes de Financiamiento para Ampliaciones
- El financiamiento para las ampliaciones proviene principalmente del fondo de contingencia, que cubre necesidades inaplazables y representa el 2% del total de gastos no financieros.
- También se puede financiar mediante bajas en otros créditos no financieros o remanente de tesorería.
Competencias en las Ampliaciones
- La competencia para aprobar ampliaciones depende si la modificación empieza por vocal; si es así, corresponde al Ministro o Ministra de Hacienda.