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Audiencia de juicio en el segundo juzgado penal unipersonal

Resumen de la sección: En esta sección, se presenta la audiencia de juicio en el segundo juzgado penal unipersonal. El juez Luis Alberto Sánchez Camacho procede a desarrollar la audiencia de juicio.

Acreditación de las partes

  • Se solicita la acreditación de las partes al inicio por la fiscalía y la defensa.
  • La fiscalía y la defensa se acreditan para participar en la audiencia.

Convocatoria y notificación

  • El juez menciona que convocó a la presente audiencia mediante resolución número uno del 24 de noviembre del año dos.
  • La agraviada Carmen Rosa Moncayo Álvarez fue notificada en su domicilio el 28 de diciembre del presente año, mientras que Percy Rojas Saltado fue notificado mediante cédula y aviso obrante a folios dieciséis y diecisiete.
  • La dirección consignada por fiscalía en su requerimiento acusatorio es mencionada.

Acusación contra Percy Rojas Saltado

  • Se formula acusación contra Percy Rojas Saltado como autor del delito contra la familia contra la vida del cuerpo y la salud en modalidad de lesiones físicas en contra de integrantes del grupo familiar.
  • Se detallan los hechos relacionados con el caso, incluyendo que Percy Rojas Saltado es conviviente y padre de tres hijos menores con Carmen Rosa Moncayo Álvarez, y que se han registrado hechos violentos en contra de la agraviada en anteriores oportunidades.
  • Se menciona que el día 28 de marzo del año 2022, Percy Rojas Saltado llegó al domicilio de la agraviada y le propinó un golpe de puño a la altura del labio, seguido de puntapiés en diferentes partes del cuerpo.

Conclusiones

En esta sección se presenta una introducción a la audiencia de juicio en el segundo juzgado penal unipersonal. Además, se detallan los hechos relacionados con el caso y se formula acusación contra Percy Rojas Saltado por el delito cometido.

Evaluación médica de la agraviada

Resumen de la sección: En el marco de las investigaciones, se realizó una evaluación médica a la agraviada y se obtuvo un certificado médico legal que concluye que presentó lesiones traumáticas recientes.

Elementos de convicción

  • Acta de intervención policial del 28 de marzo del año dos.
  • Ficha de valoración de riesgo aplicada a la agraviada.
  • Declaración referencial de menores RM y SHRM.
  • Declaración de Percy Rojas atado quien reconoce haber agredido a la agraviada.
  • Certificado médico legal 1252 VF le ha aplicado a Carmen Rosa Moncayo que le otorga un día de atención facultativa por cinco incapacidad médico legal y describe las lesiones que está presentaba al momento de la atención.

Imputación contra Percy Rojas Atado

Resumen de la sección: Se imputa a Percy Rojas Atado por cometer el delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su modalidad física en contra de integrante del grupo familiar.

Agravantes

  • Contravenir una medida de protección emitida por una autoridad competente.
  • Al haber sido cometido los actos de violencia en presencia de los niños menores hijos.

Pena

La pena a imponerse es no menor a dos ni mayor a tres años al haberse configurado estos agravantes. Este tipo penal debe ser concordado necesariamente con el artículo con la ley 30364 en los artículos cinco seis y siete a fin de establecerse que es la violencia familiar.

Definición de violencia contra integrante de grupo familiar

Resumen de la sección: En esta sección, se define la violencia contra un miembro del grupo familiar como cualquier acción que cause sufrimiento físico o daño en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder. Se establece que en este caso específico, hay una relación de poder entre el acusado y la víctima.

Agresión física y relación de poder

  • La definición legal de violencia contra un miembro del grupo familiar incluye cualquier acción que cause sufrimiento físico o daño.
  • Esta violencia ocurre en el contexto de una relación donde hay responsabilidad, confianza o poder.
  • En este caso específico, se ha evidenciado una relación de poder entre el acusado y la víctima.

Circunstancias modificatorias y responsabilidad penal

  • No se han evidenciado circunstancias que puedan modificar la responsabilidad penal del acusado.

Pena aplicable

  • La pena aplicable para este caso es de dos a tres años de prisión según lo establecido por el artículo 122B.
  • No existen circunstancias modificatorias ni agravantes ni atenuantes en este caso.
  • Por lo tanto, la pena debe fijarse dentro del tercio mínimo: dos años y cuatro meses a dos años y ocho meses.
  • El Ministerio Público solicita que Percy Rojas sea condenado a dos años y cuatro meses efectivos en prisión e inhabilitación por el mismo plazo.

Reparación civil

  • Todo delito trae aparejada no solo la imposición de una pena sino también una reparación civil.
  • En este caso, se solicita una reparación civil de quinientos soles a favor de la víctima.

Medidas de protección

  • Se solicita la vigencia de las medidas de protección a favor de la agraviada según lo establecido en el artículo 20 de la ley 30364.
  • Las medidas han sido notificadas al acusado y existen actas que lo demuestran.

Tipo penal del artículo 122 y contexto de violencia familiar

Resumen de la sección: En esta sección, se discute el tipo penal del artículo 122 y su relación con el contexto de violencia familiar.

Tipo penal del artículo 122

  • El tipo penal del artículo 122 debe ser concordado con el artículo 108B para establecer el contexto de violencia familiar.

Contexto de violencia familiar

  • El contexto en este caso es un contexto según lo establecido por la ley 30364.
  • Este contexto incluye cualquier acción que cause sufrimiento físico o daño en una relación donde hay responsabilidad, confianza o poder.

Observaciones sobre los hechos y las medidas de protección

Resumen de la sección: En esta sección, se hacen observaciones sobre los hechos y las medidas de protección.

Hechos observados

  • La agresión ocurrió cuando el acusado estaba cargando a un niño pero los otros niños no presenciaron la agresión ya que estaban dormidos.

Medidas de protección observadas

  • Las medidas han sido notificadas al acusado según consta en actas ejecutivas.

Medios probatorios ofrecidos por el Ministerio Público

Resumen de la sección: El Ministerio Público ofrece varios medios probatorios para ser actuados en el juicio oral.

Declaración testimonial de Carmen Rosa Moncayo Álvarez

  • La declarante es la agraviada directa y su testimonio permitirá determinar la forma y circunstancia en que ocurrieron los hechos, así como establecer la responsabilidad del acusado.

Declaración de la suboficial PNP María de Jonia Caguana

  • La suboficial a declarar es quien efectuó la intervención al imputado Pérez en fecha 28 de marzo. Nos explicará las circunstancias en las cuales se efectuó esta intervención.

Declaración referencial de la menor SG RM

  • La menor declarará sobre la forma y circunstancia en que el padre habría agredido a su progenitora.

Examen pericial a cargo de Luz Alicia Villarreta Flores

  • La médico declarante es quien efectuó el reconocimiento médico legal de la agraviada y confeccionó el certificado médico legal doce cincuenta y dos VFL. Explicará sobre los hallazgos y conclusiones.

Declaración de Zulma Inés Chocan Urtecho

  • La psicóloga que efectúa la pericia psicológica doce cincuenta y nueve dos mil veintidós PSCVF al imputado nos explicará sobre los hallazgos y conclusiones arribados.

Pruebas documentales

  • Acta de concentración domiciliaria.
  • Auto de medidas de protección recaída en el expediente cuatro cincuenta y cuatro dos mil veintiuno del primer juzgado de familia.
  • Auto de ejecución de medidas de protección del expediente cuatro cincuenta y cuatro.
  • Auto de medida de protección del expediente 1538/2021 emitido por el segundo juzgado de familia a favor del Carmen Rosa Moncaya Álvarez.
  • Auto de ejecución de medida de protección del expediente 1538/2021.

Ficha del menor YRM

  • Establecer que este tenía seis meses al momento en que ocurrieron los hechos, a fin de configurarse el agravante que ha sido invocado por el Ministerio Público.

Certificado antecedentes penales 43 81 014 correspondiente al acusado Percy Rojas

  • No se registran antecedentes penales, lo que resulta ser útil pertinente y conducente al momento de establecerse la pena solicitada por el Ministerio Público.

Medidas coerción procesal

  • Dado el delito considerado como escasa lesividad, el acusado se encuentra con comparecencia simple.

Observaciones a los medios de prueba ofrecidos por la fiscalía

Resumen de la sección: La defensa técnica del imputado no tiene observaciones sobre los medios de prueba ofrecidos por la fiscalía.

Observaciones sobre los medios de prueba

  • No hay observaciones por parte de la defensa técnica del imputado.
  • La fiscalía ha presentado sus medios de prueba sin objeciones.

Entrevista con el acusado

Resumen de la sección: La defensa técnica del imputado no ha tenido oportunidad para entrevistarse con el acusado.

Entrevista con el acusado

  • La defensa técnica del imputado no ha tenido oportunidad para entrevistarse con el acusado.
  • Se informa que aún no se han realizado entrevistas con el acusado.

Emisión de resolución número cuatro

Resumen de la sección: Se procede a emitir la resolución número cuatro en relación al requerimiento acusatorio y admisión de los medios probatorios.

Emisión de resolución número cuatro

  • Se procede a emitir la resolución número cuatro.

Requerimiento acusatorio contra Percy Rojas Atao

Resumen de la sección: El Ministerio Público presenta su requerimiento acusatorio contra Percy Rojas Atao por agresión en contra de Carmen Rosa Moca y Álvarez, y se emite un pronunciamiento de validez formal sustancial y admisión de los medios de prueba.

Requerimiento acusatorio

  • La representante del Ministerio Público presenta su requerimiento acusatorio contra Percy Rojas Atao por agresión en contra de Carmen Rosa Moca y Álvarez.
  • Se emite un pronunciamiento de validez formal sustancial y admisión de los medios probatorios.

Control formal del requerimiento escrito

Resumen de la sección: El órgano jurisdiccional observa que el requerimiento escrito cumple con los requisitos formales necesarios para su validez.

Control formal del requerimiento escrito

  • El órgano jurisdiccional observa que el requerimiento escrito cumple con los requisitos formales necesarios para su validez.
  • Se considera que el requerimiento está debidamente motivado en relación a la identificación de las partes, imputación concreta, calificación jurídica, circunstancias que modifican la responsabilidad penal, elementos de convicción y pretensión de pena y reparación civil.

Validez sustancial del ilícito penal atribuido a Percy Rojas Atao

Resumen de la sección: No existe supuesto de sobreseimiento o excepción al ser declarada por este órgano jurisdiccional existiendo sospechas suficientes del ilícito penal atribuido a Percy Rojas Atao.

Validez sustancial del ilícito penal atribuido a Percy Rojas Atao

  • No existe supuesto de sobreseimiento o excepción al ser declarada por este órgano jurisdiccional existiendo sospechas suficientes del ilícito penal atribuido a Percy Rojas Atao.

Control de admisibilidad de los medios de prueba

Resumen de la sección: Los medios ofrecidos por la fiscalía resultan pertinentes, conducentes y útiles, por lo que son admitidos por el órgano jurisdiccional penal.

Control de admisibilidad de los medios de prueba

  • Los medios ofrecidos por la fiscalía resultan pertinentes, conducentes y útiles, por lo que son admitidos por el órgano jurisdiccional penal.
  • La defensa técnica del imputado no ofrece medios probatorios.
  • La parte agraviada no ofreció medios probatorios.

Validez formal y sustancial del requerimiento acusatorio

Resumen de la sección: Se declara la validez formal y sustancial del requerimiento acusatorio en contra de Percy Rojas Atao por agresión en contra de Carmen Rosa Moca y Álvarez.

Validez formal y sustancial del requerimiento acusatorio

  • Se declara la validez formal y sustancial del requerimiento acusatorio en contra de Percy Rojas Atao por agresión en contra de Carmen Rosa Moca y Álvarez.
  • Se admiten los medios probatorios presentados por las partes.

Medios de prueba admitidos

Resumen de la sección: Se admiten los medios de prueba presentados por la fiscalía y se notificará a las personas involucradas para su examen.

Medios de prueba admitidos

  • Se admiten los siguientes medios de prueba: dos testimoniales y dos periciales.
  • La agraviada Carmen Rosa Moncayo Álvarez será examinada en su domicilio o ubicación real en el jirón Bolognesi sin número, distrito y provincia de Andahuaylas.
  • María Joña Cahuana será notificada por intermedio del área de recursos humanos de la Policía Nacional del Perú en la avenida Perú sin ciudad de Andahuaylas, y será examinada sobre la forma de intervención al imputado en fecha 28 de marzo del año 2022.
  • La perito Luz Alicia Bizarreta Flores será notificada en jirón Ayacucho sin número de Andahuaylas, y será examinada sobre la suscripción del certificado médico legal cero cero doce cincuenta y dos bfl.
  • La perito Zulma Inés Chocano Urtecho será notificada en jirón Ayacucho sin número de Andahuaylas, y será examinada sobre el examen realizado al imputado.

Documentos presentados en la audiencia

Resumen de la sección: En esta sección se mencionan los documentos presentados en la audiencia y que serán leídos en el juicio oral.

Documentos presentados

  • Se presenta el acta de ejecución de medidas de protección del expediente 454-2021.
  • Se presenta el auto de medidas de protección recaído en el expediente.
  • Se presenta el auto de ejecución de medidas de protección del año 2022.
  • Se presenta la ficha Reniec del menor involucrado en el caso.
  • Se presenta un certificado judicial del imputado número 43801014.

Auto de enjuiciamiento y acumulativamente citación a juicio oral

Resumen de la sección: En esta sección, se emite el auto de enjuiciamiento y citación a juicio oral contra Percy Rojas Atado por su presunta participación en un delito contra la vida y salud.

Auto emitido

  • Se emite auto de enjuiciamiento contra Percy Rojas Atado por su presunta participación en un delito contra la vida y salud.
  • El acusado es identificado con DNI 70450406, nacido el 4 julio 1992, soltero, ocupación conductor e hijo Teófilo y Victoria.
  • La conducta subsumida es lesiones subtipo agresión contra una mujer o integrante familiar.
  • La fiscalía solicita una pena privativa efectiva por dos años con cuatro meses e inhabilitación por dos años y cuatro meses. Además, solicita una reparación civil a favor de la agraviada Carmen Rosa Mancay Álvarez por 400 soles.
  • Se admiten los medios de prueba precisados en la resolución anterior.

Declaración de contumacia del imputado

Resumen de la sección: En esta sección, se declara la contumacia del imputado Percy Rojas Atado al no haberse presentado a la audiencia de juicio oral.

Auto emitido

  • El imputado Percy Rojas Atado no ha concurrido a pesar de estar debidamente notificado.
  • No existe un documento que justifique su inasistencia a la audiencia.
  • Se solicita declarar la contumacia del imputado para poder instalar el juicio oral.
  • Se emite auto de contumacia y se procede a ingresar a la segunda fase del juicio inmediato.

Declaración de Reo Contumaz

Resumen de la sección: El imputado, Percy Rojas Atado, no se ha conectado ni justificado su ausencia, por lo que se le declara reo contumaz y se disponen las consecuencias jurídicas del artículo 79 del Código Penal.

Proceso contra Percy Rojas Atado

Resumen de la sección: Se sigue un proceso contra Percy Rojas Atado por la comisión del delito contra la vida del cuerpo y la salud en la modalidad de lesiones agravadas en contra de Carmen Rosa Moncayo Álvarez. La conducta subsumida en el numeral seis y siete del segundo párrafo del artículo 122 B del Código Penal concordante con su primer párrafo punto y coma.

Designación de Defensora

Resumen de la sección: Se designa como defensora del imputado a la doctora Laura Vargas Rodríguez, defensora del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Disposiciones Finales

Resumen de la sección: Se dispone el archivamiento provisional de la presente causa hasta que el imputado sea ubicado, capturado y comparezca ante el juicio. Además, se notifica al imputado y a la agraviada en su domicilio real sobre esta resolución.