PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO - 2/4 - DIAN

PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO - 2/4 - DIAN

Proceso Sancionatorio

Resumen de la sección: En esta sección se aborda el proceso sancionatorio y las diferentes sanciones establecidas para cada tipo de actuación.

Tipos de Sanciones

  • Existen sanciones pecuniarias, morales y penales.
  • Las sanciones pecuniarias son de tipo económico y pueden incluir multas por incumplimiento de obligaciones sustanciales o formales.
  • Las sanciones morales no implican un valor económico, pero tienen un impacto en la reputación del contribuyente, como el cierre temporal del establecimiento.
  • Las sanciones penales están relacionadas con el no pago del IVA, retenciones en la fuente u otras irregularidades graves. Estas implican responsabilidad penal y pueden llevar a procesos judiciales.

Procedimientos y Denuncias

  • Se menciona que cuando se detectan conductas especiales como fraude fiscal, se presenta un informe al grupo penal correspondiente para realizar una denuncia penal.
  • También se menciona que los representantes legales, contadores y revisores de empresas pueden ser objeto de denuncias penales si participaron en acciones fraudulentas.

Sanción por Extemporaneidad

  • La sanción por extemporaneidad se aplica cuando el contribuyente no presenta su declaración en el plazo establecido.
  • La sanción es del 5% del total del impuesto a cargo o retención, por cada mes o fracción de mes de retardo.
  • Si la declaración no genera impuesto a cargo, la sanción se calcula como el 0.5% de los ingresos brutos percibidos por el declarante en el periodo objeto de la declaración.
  • En caso de que no haya ingresos ni impuestos, la sanción se calcula sobre el 1% del patrimonio líquido del año anterior.

Proceso sancionatorio por no declarar

Resumen de la sección: En esta sección se explica el proceso sancionatorio que se lleva a cabo cuando un contribuyente no realiza la declaración correspondiente. Se detallan las diferentes sanciones aplicables según el tipo de impuesto y los porcentajes asociados a cada una.

Sanción por no declarar

  • La sanción por no declarar varía según el tipo de impuesto.
  • Para el impuesto sobre consignaciones bancarias o ingresos brutos, la sanción es del 20% del valor correspondiente.
  • Para la retención en la fuente, la sanción es del 10% de los cheques girados o los costos y gastos del período.
  • Para otros impuestos como gasolina, movimientos financieros, riqueza, entre otros, existen tarifas específicas para calcular la sanción.

Reducción de la sanción

  • Existe una oportunidad para reducir la sanción si se presenta un recurso dentro del plazo establecido.
  • En algunos casos, se puede reducir al 10% o al 75% del valor inicialmente propuesto.

Sanciones por irregularidades en contabilidad

Resumen de la sección: En esta sección se explican las sanciones aplicables cuando hay irregularidades en la contabilidad. Se detalla cómo calcular estas sanciones y las posibilidades de reducción.

Sanción por irregularidades en contabilidad

  • Si un contribuyente no presenta los libros de contabilidad solicitados por la DIAN, se le impone una multa.
  • La multa corresponde al 0.5% del mayor valor entre el patrimonio líquido y los ingresos netos del año anterior, sin exceder de 20 mil veces.
  • Si se acepta el valor de la sanción después del traslado del pliego de cargos, se puede reducir a la mitad.
  • Si ya se profirió la resolución sanción, dentro del plazo para interponer recurso, se puede reducir al 75% del valor.

Sanciones por no enviar información

Resumen de la sección: En esta sección se explican las sanciones aplicables cuando un contribuyente no envía la información requerida. Se detallan los porcentajes asociados a estas sanciones.

Sanción por no enviar información

  • Si un contribuyente no cumple con la obligación de presentar información solicitada en tiempo y forma, se le impone una multa.
  • La multa varía según el incumplimiento:
  • 5% si no suministra la información exigida.
  • 4% si suministra información errónea.
  • 3% si suministra información extemporánea.
  • En caso de no poder establecer una base para tasar la sanción, se toma el 0.5% de los ingresos netos o el medio por ciento del patrimonio bruto.

Estas son las principales sanciones relacionadas con el incumplimiento en declaraciones y envío de información requerida por parte de los contribuyentes.

Plazos para responder a requerimientos ordinarios

Resumen de la sección: En esta sección se explica que, según la ley 225 de 1995, los contribuyentes tienen un plazo de 15 días calendario para responder a los requerimientos ordinarios después de recibir la notificación. Si el contribuyente no responde o no proporciona la información solicitada, puede ser sancionado por no suministrar la información requerida.

Plazos para responder a requerimientos ordinarios

  • Se otorgan 15 días calendario para dar respuesta al requerimiento ordinario.
  • La ley establece que debe darse respuesta dentro de los 15 días siguientes a la notificación del requerimiento ordinario.
  • Si el contribuyente no responde o no informa sobre lo solicitado, puede ser sancionado por no suministrar la información requerida.

Requerimiento especial y cálculo de sanciones

Resumen de la sección: En esta sección se explica que si el contribuyente no responde al requerimiento ordinario en el plazo establecido, continúa el proceso y se le profiere un requerimiento especial. En este momento es cuando se calcula la cuantía de la sanción. Además, se menciona que el incumplimiento en proporcionar los soportes e información solicitada puede resultar en una sanción considerable.

Requerimiento especial y cálculo de sanciones

  • Si el contribuyente no responde al requerimiento ordinario, continúa el proceso y se le profiere un requerimiento especial.
  • El cálculo de la sanción se realiza una vez el contribuyente recibe el requerimiento especial.
  • La base para calcular la sanción por no informar es la sumatoria de los valores solicitados en cuanto a ingresos, costos, deducciones y retenciones en la fuente.
  • El incumplimiento en proporcionar los soportes e información solicitada puede resultar en una sanción considerable.

Reducción de la sanción por no enviar información

Resumen de la sección: En esta sección se explica que es posible reducir la sanción por no enviar información. Si la omisión es subsanada antes de que se profiera la resolución sanción, el contribuyente tiene derecho a una reducción del 50% de la suma determinada. Si la omisión es subsanada antes de que venza el plazo para interponer recurso contra la resolución sanción, el contribuyente puede acogerse a una reducción del 70%.

Reducción de la sanción por no enviar información

  • Es posible reducir la sanción por no enviar información.
  • Si la omisión es subsanada antes de que se profiera la resolución sanción, el contribuyente tiene derecho a una reducción del 50% de la suma determinada.
  • Si la omisión es subsanada antes de que venza el plazo para interponer recurso contra la resolución sanción, el contribuyente puede acogerse a una reducción del 70%.

Otras posibles sanciones relacionadas con facturación

Resumen de la sección: En esta sección se mencionan otras posibles sanciones relacionadas con la facturación. Estas incluyen la sanción por expedir facturas sin requisitos, la sanción por no facturar y la clausura del establecimiento de comercio en casos específicos.

Otras posibles sanciones relacionadas con facturación

  • La sanción por expedir facturas sin requisitos es del 1% del valor de las operaciones facturadas sin cumplir los requisitos establecidos.
  • La sanción por no facturar puede llevar a la clausura o cierre del establecimiento de comercio.
  • Existen otras acciones y sanciones relacionadas con el tema de la facturación y el incumplimiento en implementar sistemas técnicos de control dispuestos por la entidad fiscalizadora.

Sistemas técnicos de control y sanciones de clausura

Resumen de la sección: En esta sección se explica que los contribuyentes deben adoptar los sistemas técnicos de control dispuestos por la entidad fiscalizadora. Si no se aplican estos controles, pueden ser objeto de sanciones que incluyen clausura del establecimiento. También se mencionan las condiciones para aplicar estas sanciones.

Sistemas técnicos de control y sanciones de clausura

  • Los contribuyentes deben adoptar los sistemas técnicos de control dispuestos por la entidad fiscalizadora.
  • Si no se aplican estos controles, pueden ser objeto de sanciones que incluyen clausura del establecimiento.
  • Las condiciones para aplicar estas sanciones varían según el incumplimiento específico, como no emitir factura o documento equivalente, supresión de ingresos o ventas, doble contabilidad o doble facturación, y violación al régimen aduanero.

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Imposición de sanciones tributarias mediante resolución

Resumen de la sección: En esta sección se explica el proceso para la imposición de sanciones tributarias a través de una resolución independiente. Se detallan los plazos y etapas del procedimiento, así como las posibilidades de defensa del contribuyente.

Proceso para la imposición de sanciones tributarias

  • La imposición de sanciones se realiza mediante una resolución independiente.
  • El contribuyente recibe un pliego de cargos y tiene un plazo de diez días para responder.
  • La sanción se hará efectiva dentro de los diez días siguientes al agotamiento de la vía administrativa.
  • El contribuyente puede presentar pruebas y argumentos para desvirtuar la sanción durante el mes que dispone para responder al pliego de cargos.
  • La división fiscalización es responsable del proceso de investigación y emite el pliego de cargos.
  • La división liquidación emite la resolución sanción, teniendo un plazo máximo de seis meses desde el agotamiento del proceso administrativo.
  • Una vez emitida la resolución sanción, el contribuyente tiene dos meses para interponer un recurso de reconsideración ante la división jurídica.
  • La división jurídica tiene un año para resolver el recurso interpuesto por el contribuyente.
  • Si el contribuyente no está conforme con la decisión tomada en sede gubernativa, puede acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa (tribunales administrativos o Consejo de Estado) presentando una demanda de control de nulidad o restablecimiento del derecho.
  • Es importante tener en cuenta los plazos perentorios tanto para la administración como para el contribuyente, ya que no se pueden extender.

Proceso de determinación y competencia en la imposición de sanciones

Resumen de la sección: En esta sección se explica el proceso de determinación y la competencia en la imposición de sanciones tributarias. Se menciona una modificación reciente relacionada con la facultad para proferir actos administrativos.

Proceso de determinación y competencia

  • La DIAN puede proferir una resolución independiente dentro del término establecido en el artículo 638 del estatuto tributario.
  • El artículo 638 establece que las sanciones impuestas en liquidaciones oficiales prescriben en el mismo término que existe para practicar la respectiva liquidación oficial.
  • Existe una modificación reciente que otorga competencia a la división fiscalización para proferir los actos administrativos en el proceso, mientras que la división liquidación se encarga de proyectar los actos de determinación.
  • La facultad para firmar los actos administrativos quedó en manos del jefe de la división fiscalización.
  • El proceso continúa con las etapas procesales correspondientes, pero hubo un cambio en cuanto a quién tiene la facultad para emitir los actos administrativos.

Términos y oportunidades dentro del procedimiento

Resumen de la sección: En esta sección se destaca la importancia de los términos y oportunidades dentro del procedimiento de imposición de sanciones tributarias. Se enfatiza que tanto la administración como el contribuyente deben cumplir con los plazos establecidos.

Términos y oportunidades

  • Los términos para proferir el acto administrativo y para dar respuesta al mismo son claros y perentorios.
  • Tanto la administración como el contribuyente deben hacer uso del derecho de defensa dentro de los plazos establecidos.
  • El procedimiento no señala trámites o requisitos, sino que indica el camino a seguir para ejercer el derecho y cumplir con las normas sustantivas.
  • Es importante respetar los términos establecidos, ya que no se pueden alargar ni extender.

Plazo para proferir la resolución independiente

Resumen de la sección: En esta sección se menciona que el estatuto tributario no especifica un plazo para proferir la resolución independiente en casos de imposición de sanciones tributarias.

Plazo para proferir la resolución independiente

  • El artículo 638 del estatuto tributario no establece un plazo específico para proferir la resolución independiente en casos de imposición de sanciones.
  • No hay una indicación clara sobre hasta cuándo puede la DIAN imponer la sanción mediante resolución independiente.

Plazos para aplicar sanciones

Resumen de la sección: En esta sección se habla sobre los plazos que tiene la DIAN para aplicar sanciones a los contribuyentes.

Plazo para aplicar sanción por no declarar intereses de amor

  • La DIAN puede proferir una sanción mediante resolución independiente dentro de los dos años siguientes a la fecha en que se presentó la declaración de renta y complementarios o de ingresos y patrimonio del período durante el cual ocurrió la irregularidad sancionable.
  • Para infracciones continuadas, salvo el caso de la sanción por no declarar intereses de amor, las sanciones prescriben dentro del término de cinco años.

Plazo para aplicar sanción por no responder al requerimiento

  • Si un contribuyente no responde al requerimiento de cargo en la administración tributaria, la DIAN tiene un plazo de seis meses para aplicar la sanción correspondiente, previa a la práctica de las pruebas.

Ejemplo del cálculo del plazo

  • Si un contribuyente está obligado a presentar información exógena del año gravable 2016 y no lo hace, el término para que la DIAN pueda imponer una resolución de sanción por no presentar dicha información sería hasta abril del 2020. Esto se cuenta a partir del momento en que el contribuyente debió presentar dicha información (abril 2018).

Proceso de determinación del impuesto

Resumen de la sección: En esta sección se explica el proceso de determinación del impuesto y las formas en que se puede determinar el impuesto a cargo de un contribuyente.

Formas de pago del tributo

  • El contribuyente puede pagar el tributo a través de su declaración privada, donde determina cuál es su impuesto a cargo utilizando el formulario correspondiente.
  • También se puede determinar el impuesto a través de una liquidación oficial cuando la DIAN cuestiona los valores de la declaración privada y propone modificaciones mediante una liquidación oficial.

Proceso de determinación oficial del impuesto

  • Se presenta una declaración con inconsistencias detectadas por la DIAN.
  • La DIAN le da a conocer al contribuyente dichas inconsistencias y lo invita a corregirlas.
  • Si el contribuyente no corrige las inconsistencias, la DIAN determina el impuesto con base en las pruebas que tienen dentro de los expedientes.

Proceso de determinación por omiso

  • Cuando un contribuyente estaba obligado a declarar y no lo hizo, la DIAN calcula cuál es el impuesto que debió declarar y no lo hizo. Esto se llama proceso de determinación por omiso.

Competencia funcional para adelantar los procesos

  • La competencia funcional para investigar y proponer mayores valores de impuestos y sanciones está asignada a la División de Fiscalización.
  • Esta competencia está señalada en los artículos 684, 688 y 691 del estatuto tributario.

Fiscalización y competencia funcional

Resumen de la sección: En esta sección se discute la fiscalización y la competencia funcional para determinar el impuesto e imponer sanciones. Se menciona que anteriormente esta competencia recaía en la División de Liquidación, pero con una modificación en el artículo 691D, ahora es responsabilidad de la División de Fiscalización proyectar los actos administrativos de determinación.

Competencias de la División de Liquidación y Fiscalización

  • La División de Liquidación tiene competencia para proyectar los actos administrativos de determinación.
  • La División de Fiscalización tiene competencia para firmar y proferir los actos administrativos de determinación.
  • Esta modificación se estableció en el Decreto Ley 21/06 del 2019.

Facultades de fiscalización

Resumen de la sección: En esta sección se detallan las facultades que tiene la División de Fiscalización para realizar investigaciones sobre el cumplimiento tributario por parte de los contribuyentes.

Facultades de fiscalización

  • La administración tiene facultades para verificar la exactitud de las declaraciones e informes, adelantar investigaciones y citar a contribuyentes o terceros.
  • Puede solicitar documentos que registren las operaciones contables, ordenar exhibición y examen de libros y documentos relacionados con la contabilidad.
  • Debe facilitar al contribuyente aclaraciones oportunas para una correcta determinación del tributo.

Etapas del proceso de determinación del impuesto

Resumen de la sección: En esta sección se describen las etapas del proceso de determinación del impuesto y las acciones que se imponen.

Etapas del proceso

  • Fiscalización realiza la investigación.
  • Liquidación realiza la proyección de los actos administrativos de determinación.
  • Jurídica continúa conociendo el proceso de discusión y recursos frente a los actos administrativos.

Proceso de fiscalización

Resumen de la sección: En esta sección se explica cómo funciona el proceso de fiscalización y las facultades otorgadas a los funcionarios.

Funcionamiento del proceso

  • El proceso de fiscalización incluye también el proceso de liquidación.
  • Los funcionarios tienen facultades para investigar el cumplimiento tributario por parte de los contribuyentes.

Delegación y funciones en fiscalización

Resumen de la sección: En esta sección se habla sobre la delegación y funciones en el área de fiscalización, destacando que las funciones están en cabeza del director o jefe correspondiente.

Delegación y funciones

  • Las funciones en fiscalización están en cabeza del director o jefe correspondiente.
  • Los funcionarios deben estar debidamente delegados para llevar a cabo sus funciones.
  • La delegación se realiza a través de un auto que faculta al funcionario para realizar investigaciones específicas.

Investigaciones y verificaciones

Resumen de la sección: En esta sección se detallan las investigaciones y verificaciones que pueden realizar los funcionarios durante el proceso de fiscalización.

Investigaciones y verificaciones

  • Los funcionarios tienen facultades para realizar investigaciones y verificaciones.
  • Deben estar debidamente delegados por el jefe de fiscalización.
  • Se realizan a través de actos administrativos previos como oficios persuasivos, requerimientos ordinarios, liquidación provisional, emplazamientos, entre otros.

Actos administrativos previos

Resumen de la sección: En esta sección se mencionan los actos administrativos previos que la DIAN utiliza para la determinación del impuesto.

Actos administrativos previos

  • Oficios persuasivos, requerimientos ordinarios, liquidación provisional, emplazamientos y pliegos de cargos son algunos de los actos utilizados.
  • Estas actuaciones permiten al funcionario realizar verificaciones e investigaciones y requerir al contribuyente cumplir con sus obligaciones.

Verificación del cumplimiento de la obligación tributaria

Resumen de la sección: En esta sección se habla sobre los actos administrativos definitivos para la determinación del impuesto y cómo se modifican y sustituyen las declaraciones tributarias. También se menciona que existen actos previos preparatorios que no están sujetos a recurso, mientras que los actos definitivos de determinación del impuesto son las liquidaciones oficiales.

Actos administrativos definitivos para la determinación del impuesto

  • Las liquidaciones oficiales son los actos administrativos definitivos para la determinación del impuesto.
  • Estas liquidaciones pueden modificar y sustituir las declaraciones tributarias o imponer sanciones a los contribuyentes por hechos sancionables.

Actos previos preparatorios

  • Los actos previos para la determinación del impuesto incluyen oficios requerimientos ordinarios, emplazamientos para corregir, requerimientos especiales y pliegos de cargos.
  • Estos actos previos no están sujetos a recurso ya que no son considerados como actos definitivos.

Actos definitivos de determinación del impuesto

  • Los actos definitivos de determinación del impuesto son las liquidaciones oficiales.
  • La liquidación oficial de revisión se utiliza cuando hay inconsistencias en la declaración presentada por el contribuyente y se desvirtúan los hechos declarados.
  • La liquidación oficial de condición aritmética se aplica cuando el contribuyente comete un error aritmético en su declaración.
  • La liquidación oficial de aforo se utiliza cuando el contribuyente es omiso y se determina el valor a declarar.
  • La liquidación oficial de corrección, que antes existía pero ya no, se utilizaba cuando el contribuyente corregía la declaración disminuyendo el valor a pagar o aumentando el saldo a favor.

Actos definitivos de imposición de sanciones

  • La resolución independiente es un acto definitivo de determinación e imposición de sanciones.
  • En este momento, la facultad para proferir estas actuaciones radica en la división de fiscalización.
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En este video veremos el Proceso Sancionatorio, sanciones que se establecen para cada tipo de actuación, frente al incumplimiento de las obligaciones formales contempladas en el libro 5 del E.T. (sanción por extemporaneidad, por no declarar y otras sanciones) procesos de determinación y las etapas en la formación de los actos mediante los cuales se determina el tributo e imponen las sanciones entre otros. Encuéntranos también en: -Facebook: https://www.facebook.com/DIANCol/ -Twitter: https://twitter.com/DIANColombia -Instagram: https://www.instagram.com/diancolombia/ - LinkedIn: https://www.linkedin.com/company/diancolombia/ O visita nuestro sitio web: https://www.dian.gov.co/Paginas/Inicio.aspx Si tienes dudas o comentarios, puedes compartirlos con nosotros a través de nuestro Facebook o Twitter. Recuerda que también puedes gestionar tus PQRSD a través de la App DIAN, el Chatbot o en nuestra líneas de atención ciudadana marcando al (571) 3556922.